martes, julio 24, 2007

La solicitud de 2.500€ por tener un hijo

REQUISITOS. El primer requisito es que el niño haya nacido o haya sido adoptado a partir de las cero horas del día 3 de julio. Tanto en el caso de españoles como de extranjeros se precisa residencia en España, como mínimo desde dos años antes del nacimiento o la adopción.

BENEFICIARIOS. Con carácter general, la beneficiaria es la madre. Sólo podrá serlo el padre en caso de fallecimiento de ésta. Esto no impide, sin embargo, que la mujer pueda ceder al otro progenitor el cobro de esta ayuda. En los casos de adopción por parejas del mismo sexo, el beneficiario será quien ellos determinen.

JUNTO CON LOS 100 EUROS. El beneficiario que esté dado de alta en la Seguridad Social podrá utilizar el modelo de solicitud 140 con el que se pide el cobro de los 100 euros mensuales para solicitar los 2.500 euros. Los que ya hayan solicitado los 100 euros no tienen que hacer ninguna gestión más. Este impreso puede obtenerse por internet (www.agenciatributaria.es), en las delegaciones de la Agencia Tributaria y en registros civiles.

SIN SALARIO. Los que no trabajen o no estén dados de alta en la Seguridad Social deberán rellenar el modelo 141, disponible en los mismos puntos que el 140 y en la Seguridad Social.

COBRO. El abono se producirá en el mes posterior a la entrada en vigor de la norma, prevista para noviembre.

TELÉFONOS. Para más información llamar al 901 335 533 y 901 200 345

1 comentario:

Maximiliano Kerszenbaum dijo...

Hola Manel:

Acabo de publicitar tres de tus publicaciones en EL BLOG DEL GUIONISTA, en el segmento NOVEDADES, en el menú principal del blog. Te invito a que lo veas, cualquier cosa, si te parece que está mal, lo saco.
Saludos!!!!!!
Max.